viernes, 19 de octubre de 2007

LA SUSPENSIÓN A MARTÍN HERRERA


Leyendo el listado de jugadores sancionados en la última fecha del Torneo Argentino B me causó sorpresa la pena de 2 partidos que debe purgar Martín Herrera por su expulsión ante Guaymallén. Para determinar la sanción se aplicó el artículo 200 a) 11 para casos en que un jugador "derribe, embista, empuje, dé empellones o zamarree violentamente a otro jugador o lo agarre en forma agresiva del cuello, de los cabellos, etc". Estuve en cancha de Guaymallén, dentro del campo de juego por lo que bastante cerca de la acción, y si bien Martín lo agarró a Aguado (bien cobrado el penal), en ningún momento fue de forma agresiva o violenta como reza el artículo citado. Me parece que la pena ha sido excesiva (podría haber sido peor porque el artículo 200 prevé de 3 a 15 partidos) puesto que el art. 200 (el cual pueden leer en la imagen) es el marco regulatorio para faltas muy graves y ésta no lo fue.